Los tributos son ingresos publico coactivos (impuesto por el
estado), pecuniarios (dinero) y contributivos (destinados a financiar el gasto
publico). Se dividen en:
- TASAS: La administración realiza servicios que no prestan el sector privado por lo que cobra al ciudadano. Por ejemplo, puede pensarse en la tasa pagada a un Ayuntamiento, por una empresa para la colocación de mesas para el consumo de comida en un dominio público (la calle), o en concepto de una Licencia de obras, que se devenga por la autorización municipal para construir.
- CONTRIBUCIONES ESPECIALES: El ciudadano no solicita un servicio u obra pública pero se beneficia directamente de él. Por ejemplo, puede pensarse en la instalación de una red de distribución de agua, donde además de quedar cubierto el interés general de la población donde se esta realizando la instalación, se está dotando de un beneficio directo y de mayor intensidad, sobre los propietarios de los inmuebles sobre los que se ha producido dicha distribución, motivo por el cual son requeridos a contribuir, de modo que financien de forma parcial los gastos por dicha instalación.
- IMPUESTOS: No existe contraprestación, se paga en función de la capacidad económica de los ciudadanos (I.V.A)
- DIRECTOS: Recaen sobre el consumo de bienes de servicios.
- Impuestos sobre la renta. Dos de ellos pretenden gravar la renta de los residentes en España, ya sean personas físicas (IRPF) o personas jurídicas (IS) (es decir, individuos o, esencialmente, sociedades, respectivamente). Otro impuesto grava la renta que los no residentes (IRNR), tanto individuos como empresas societarias, obtienen en España. Así pues, son los siguientes:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
- Impuesto sobre Sociedades (IS).
- Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR).
- Impuestos sobre la riqueza. Siempre recaen sobre el patrimonio de las personas físicas, nunca jurídicas; son los siguientes:
- Impuesto sobre el Patrimonio (IP)1.
- Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
- INDIRECTOS: Recaen sobre el consumo de bienes y servicios por excelencia es el IVA. Dentro de estos impuestos, cabría distinguir:
- Los que gravan el trafico patrimonial no empresarial, es decir, las transmisiones de bienes y derechos llevadas a cabo por individuos fuera de una actividad empresarial: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados( ITP y AJD)
- Impuesto sobre el Valor Añadido
- Impuestos Especiales (que gravan la matriculación de vehículos, productos como el alcohol, tabaco, carburantes
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